¿Qué tanto sabés de seguros? Ponete a prueba

El siguiente post es presentado por Seguros LAFISE

Este blog ha cumplido, hace unos días, 6 hermosos años. Y desde el inicio, el tema de los seguros es uno que me encargué de tocar cotidianamente.

Yo misma no era una experta cuando comencé a escribir, pero sí me he dado a la tarea de estudiar e investigar cada post que ha sido publicado. En el camino, yo espero que vos también hayás aprendido y por eso hoy te quiero poner a prueba.

Son 12 preguntas sencillas sobre los diversos tipos de seguros que hemos hablado (casa, auto, salud, vida, accidentes, etc.) y al final te dejo las respuestas. ¡Manos a la obra!

Test de seguros:

1. Si compro un vehículo o una propiedad con un préstamo a una institución financiera y como parte del préstamo pago un seguro de daños. ¿El seguro sale a mi nombre o a nombre de la institución financiera?

  • Sí, sale a nombre mío.
  • No, sale a nombre de la empresa.

 

2. Una compañía puede rechazar el aseguramiento de un vehículo, persona o cualquier otro bien. ¿Qué pasa si es un Seguro Obligatorio?

  • Sí, está en todo su derecho.
  • No, tiene que hacerlo, especialmente si es un seguro obligatorio.

 

3. Si un conductor causa un accidente al conducir bajo los efectos del alcohol ¿pueden afectarse su indemnización?

  • Verdadero
  • Falso

 

4. Si tengo un vehículo asegurado, mi póliza se vence en 6 meses y quiero venderlo ¿el seguro lo seguiré pagando yo?

  • Sí, lo seguiré pagando.
  • Sí, pero hasta que termine la fecha del contrato.
  • No, tengo que notificar a la compañía del cambio.

 

5. Tuve un accidente de tránsito y la responsabilidad fue de la otra persona, quien tiene un seguro obligatorio. Mi vehículo sufrió daños por $5,000.00 ¿la compañía aseguradora cubrirá todos mis daños?

  • Sí, el seguro obligatorio cubre todos los daños.
  • No, el seguro cubre cierta cantidad de los daños.

 

6. Mi hijo es menor de edad y usa mi vehículo a veces para ir a la universidad, ¿él también está cubierto por mi seguro?

  • No, tengo que notificarlo y pagar una prima adicional por ello.
  • Sí, con que mi hijo tenga licencia de conducir basta.
  • Sí, no tengo por qué notificar a la compañía si ya tengo contratado un seguro de automóvil.

 

7. ¿Un seguro cubre todo tipo de siniestros?

  • Sí, los cubre todos.
  • No, cubre lo que está contratando.

 

8. ¿El seguro obligatorio cubre los daños ocasionados a mi vehículo?

  • Sí, cubre todos los daños propios y los de terceros.
  • No, solo cubre los daños a terceros.

 

9. ¿Una persona con cáncer que quiera contratar un seguro de vida está obligada a declarar su enfermedad a la aseguradora?

  • Sí, en todo caso.
  • Solo si se lo preguntan en el cuestionario de salud.
  • No, no tiene obligación.

 

10. Una persona contrata un seguro de vida y un año después le diagnosticaron cáncer ¿Debe declarar la enfermedad?

  • Sí, tiene la obligación de declararla.
  • No, no tiene que declararla.

 

11. Yo tengo un seguro de hogar y hay una inundación, ¿toda mi casa está cubierta?

  • No, solo lo que se hayás declarado.
  • Sí, absolutamente todo.

 

12. Si tengo una póliza de accidentes personales y me enfermo de gripe, ¿puedo ir al hospital y mis gastos estarán cubiertos?

  • Sí, andá al hospital que todo te cubre.
  • No, pues tu póliza es de accidentes.

RESPUESTAS

¿Te querés enterar qué tanto sabés? Acá las respuestas.

  1. Sí, el seguro sale a nombre tuyo, pero deja como beneficiario a la compañía financiera hasta el momento que pagués completamente tu préstamo y el bien pase a ser completamente tuyo.
  2. Sí, las aseguradoras tienen libertad para aceptar o no un riesgo de acuerdo a sus políticas internas, incluyendo los seguros de carácter obligatorio. Una de esas políticas podría ser, por ejemplo, que el año anterior el vehículo tuvo varios siniestros.
  3. Verdadero, si la póliza del conductor tiene como exclusión la conducción bajo efectos del alcohol, podría declinarse su reclamo. Sin embargo, si este mismo conductor ocasiona daños a un tercero, su póliza asume esos daños (responsabilidad civil).
  4. No necesariamente. Vos podés vender el vehículo con todo y la póliza, sin embargo es obligatorio que notifiqués a la Compañía del cambio de dueño en el tiempo establecido en las condiciones de tu póliza. Si no vas a vender el vehículo con la póliza, igual debes presentarte a la aseguradora para cancelar el seguro.
  5. No, en nuestro país el seguro obligatorio de responsabilidad civil a terceros cubre hasta un máximo de $2,500.00 para daños materiales. Existen coberturas con las que podés aumentar esa suma asegurada para hacer frente a la responsabilidad civil.
  6. Para que esté cubierto, se debe notificar a la compañía que un menor de edad (con licencia) hace uso del vehículo asegurado y contratar una cobertura opcional en tu póliza de daños propios. Recordá que si ocurre un accidente y no está contratada esa cobertura, sería motivo de declinación.
  7. Todos los seguros cubren las situaciones incluidas en la póliza. Podemos hablar de dos tipos de pólizas, las de riesgos nombrados y las de todo riesgo. En el primer caso, a como su nombre lo indica, se cubren únicamente los riesgos que se enumeran en las Condiciones Particulares. En el segundo caso, cubren todas las coberturas normalmente aplicables a un riesgo, siempre y cuando no estén detallados como exclusiones de la póliza.
  8. El seguro obligatorio solo cubre los riesgos de daños materiales, lesiones y muerte y lesiones que sufra terceras personas ajenas al vehículo asegurado. Por tanto, no cubre los daños del vehículo asegurado que ocasionó el accidente.
  9. Sólo si se lo preguntan en el cuestionario de salud; las compañías pueden someter a un cuestionario de salud a la persona que quiera contratar un seguro de vida y tiene la obligación de responder únicamente lo que se le pregunta en la misma. ¡Siempre con la verdad!
  10. El asegurado sí está obligado a comunicar cualquier agravación de riesgo a la Compañía, en cualquier momento de la vida de la póliza.
  11. No, debe tener la cobertura de enseres/contenido, para que todas sus posesiones también estén cubiertas.
  12. Recordá que es una póliza de accidentes, no de salud. Solo cubre las lesiones o ocasionadas por un accidente.

Ahora yo quiero saber: ¿Cómo te fue? Del 1 al 12, ¿cuántas respuestas sacaste correctas? ¿Cuál pregunta tenías la seguridad de conocer al 100% y te diste cuenta que no era así?

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