Seis gestiones legales a realizar ante la muerte de un familiar

Cuando muere un ser querido nos inunda el dolor, la incertidumbre y sobre todo el recuerdo de esa persona. Son momentos duros.

Hay muchas cosas que pasan a segundo plano, por ejemplo, probablemente los trámites legales tras el fallecimiento, es algo en lo que no estás pensando. Sin embargo eventualmente sí o sí vas a tener que realizarlos.

En vista de esta situación y para aliviar un poco la carga, realizamos una investigación con cada institución bancaria, legal y del Estado, para formar una guía de los trámites que deberías realizar después de la muerte de un ser querido.

Sabemos que no es un tema fácil de leer, porque nadie quiere necesitar esta guía, pero teniendo en cuenta la situación que estamos atravesando por la pandemia, siempre es mejor estar preparados y no necesitar estos datos, a necesitarlos y no tenerlos a mano.

Empecemos por el primer paso, obtener el certificado de defunción, que es necesario para todos los trámites posteriores.

1-Certificado de defunción

Este certificado lo brinda el  Ministerio de Salud (MINSA). Si la persona murió en un hospital privado, entonces se debe solicitar al centro de salud más cercano.

¿Qué se necesita?

– Cédula del fallecido o partida de nacimiento.

– Cédula del compareciente (una persona que dé fe de la muerte).

– Compra de timbre en la DGI (renta).

– Pagar una tarifa de C$33.00 córdobas.

Esto se debe realizar en un plazo de 8 días después de la muerte de la persona.  Para ahorrar tiempo se puede comenzar el trámite en línea.

Ingresá a la página web oficial de tu municipio, buscá:

1-Trámites en línea

2- Registro Civil

3-Certificado de defunción.

Llenás los datos que te solicitan, luego  recibirás un email o un mensaje con la confirmación, además te envían la forma de pago y la fecha de retiro del documento. El trámite lo terminás en el Registro Civil para retirar el certificado.

2-Inscripción de defunción

Una vez que ya tenés el certificado, se pueden empezar a realizar todas las otras gestiones que son necesarias para el funeral de la persona fallecida.

El siguiente paso es inscribir en las oficinas del Registro Civil la defunción, se realiza en el municipio donde falleció la persona.

Esto lo puede hacer cualquier familiar que tenga conocimiento y de fe de la muerte, solo se necesita portar los siguientes documentos:

– Constancia de defunción emitida por el MINSA (la mencionada anteriormente).

– Cédula de Identidad del fallecido para borrarlo del Consejo Supremo Electoral de Nicaragua (CSE).

– Fotocopia de la cédula del compareciente.

-Si la persona fallecida no nació en el mismo municipio donde murió, entonces se presenta la fotocopia de la partida de nacimiento.

Con estos trámites estaría completa la parte legal para dar de baja jurídicamente a una persona, dos trámites esenciales para luego seguir con las otras gestiones.

3-Cobro de pensión en INSS 

El subsidio para los servicios funerales, es una de las primeras pensiones que probablemente vas a necesitar, en caso de requerir la ayuda.

De acuerdo a la información compartida por la Resolución del Consejo Directivo del INSS, en general el monto de ayuda depende de la pensión del o la fallecida, puede variar desde C$600.00 hasta C$1,500. Para reclamar este dinero en el Instituto de Seguridad Social (INSS), los familiares deben presentar el certificado de defunción y la tarjeta de afiliación del fallecido.

Pero centrándonos más a futuro, la pensión posterior que recibirá por ejemplo la viuda en caso que sea el esposo quien muera, será del 50% de lo que hubiera recibido la persona fallecida.

En caso que la viuda tenga hijos menores la pensión se alarga por dos años, y si la viuda tiene más de 45 años entonces es vitalicia.

Para los hijos menores de 15 años,  ante la muerte del padre o la madre reciben el 25% de la pensión que recibía o recibiría papá o mamá, y ésta se mantiene hasta los 21 años mientras sean estudiantes.

¿Qué necesitás para gestionarla? 

1-Presentar el certificado de defunción (El primer trámite mencionado).

2- La certificación de la partida de nacimiento o matrimonio, según sea para hijo o cónyuge.

3-La presentación de la tarjeta del cónyuge o pareja, en este último caso el Servicio Social del Instituto realiza una investigación para confirmar el derecho de la pareja a dicha pensión.

4-El testamento o copia certificada de la declaratoria de herederos de la persona fallecida.

En general, con estos trámites resolverías el derecho a la pensión, esto en caso que tu familiar fallecido pagara las cuotas del INSS.

Lo siguiente entonces serían los trámites bancarios, que generalmente requieren de menos papeleos y están centralizados en un solo lugar.

4-Trámites bancarios

Lo primero que debemos dejar claro, es que cuando todo está en orden, es decir la persona en vida deja todo claro para sus familiares, al momento de una muerte inesperada no se le agrega más carga a la familia, porque ya todo está organizado.

Con respecto a las cuentas bancarias por ejemplo, casi siempre los bancos te exigen nombrar a un beneficiario en caso de muerte, y en general en Nicaragua los bancos no necesitan intervención judicial para reclamar dicho dinero, solo realizar los procesos de cumplimiento internos que tiene la institución.

Sin embargo, cuando el beneficiario de una cuenta de banco es un menor de edad, entonces los padres o tutores deben hacerse cargo del caso,  en esta situación la familia debe buscar un asesor legal y autorización judicial para llevar a cabo todas las gestiones que exige la institución bancaria. 

5- ¿Y para reclamar una herencia?

Para  reclamar una herencia, como por ejemplo una propiedad,  debés acudir a las instituciones públicas del Departamento de Atención al Contribuyente en el “Palacio de la Revolución” y en caso de vivir en algún departamento, deberías ir a  las Administraciones de Renta de la ciudad. 

Tenés que entregar:

1). -Carta solicitud de los últimos seis meses del fallecido.

2). –Testamento o declaración de herederos.

3). -Solución fiscal del fallecido.

4). -Acta de defunción.

5). -Escrituras de propiedades heredadas o legados.

6). -Declaración del Impuesto.

Y de esta forma ya podés oficializar cualquier herencia que hayas recibido de la persona fallecida.

Claro que la cosa cambia cuando no hay un testamento, porque entonces las instituciones del Estado deben hacer una investigación para confirmar si no hay hijos fuera de un matrimonio por ejemplo, porque en ese caso a ellos también les corresponde una parte de dicha herencia.

En ese sentido  lo mejor es contratar un abogado que ayude a la familia, y llegar a acuerdos en la división de bienes. Estos procesos se pueden alargar y convertirse en una situación no grata para muchas familias, por eso siempre es importante realizar un testamento, y dejar todo claro y en orden.

6-Cobro de seguros

Sabemos que cada persona vive el duelo de forma distinta, y hay quienes en esos momentos no les importa nada más que intentar recuperarse emocionalmente de esa pérdida.

Sin embargo debés tomar en cuenta que para cobrar el seguro, en algunas de las aseguradoras no podés esperar más de 15 días después de la muerte de la persona, esto depende del contrato con dicha institución.

Los papeles que deberías preparar para comenzar la gestión (pueden existir algunas variaciones según la aseguradora) son:  El Certificado y acta de fallecimiento, póliza del seguro, identificación oficial, actas de matrimonio o actas de nacimiento (dependiendo del caso), y certificado del seguro.

Si el beneficiario es un niño, entonces el o la tutora debería añadir al papeleo una Acta Notarial de Guarda y Tutela del menor.

Para llevar a cabo el cobro de la póliza, generalmente no necesitás a un abogado, pero en un momento de tanto dolor, siempre es bueno contar con ayuda profesional que te ayude a tomar las mejores decisiones. Por eso, el intermediario de seguros que elijás es bien importante, alguien en quien confiés.

La principal conclusión que podemos obtener de todas estas gestiones, es que entre más organizado esté tu papeleo legal, menos carga le dejás a tu familia en caso de una muerte inesperada. Esto permite que se tomen su tiempo para vivir el duelo sin tener que realizar tantas gestiones en medio de ese proceso.

Si estás pasando por una pérdida de un ser querido en este momento, esperamos que la información te ayude a realizar las gestiones de manera más fácil, para que así dediqués el tiempo que necesités, a las cosas que realmente importan: tu salud mental, emocional y tu familia.

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