El siguiente post es presentado por Seguros LAFISE
Quienes tienen un auto para movilizarse suelen preocuparse por mantener al día su seguro. Algunos lo harán por obligación y para evitarse la multa (que por si no sabías, equivale casi que al mismo costo del seguro anual); mientras otros lo hacen porque reconocen la importancia de contar con uno al ser responsables en un accidente de tránsito.
Hace unos días me llegó la siguiente consulta de una lectora y sé que es una situación en la que muchos se han encontrado:
“¿Qué sucede con el seguro en caso de que yo sea perjudicado en el accidente, pero el que me chocó fue un taxi sin seguro?”
Lamentable, ¿no es así? Y más común de lo que nos gustaría. Entonces, ¿cómo funciona el seguro obligatorio de responsabilidad civil de automóvil?
Los distintos tipos de seguros
Empecemos recordando los tipos de seguros de auto que podemos encontrar en el país:
- Seguro de daños propios: cubre los daños que le sucedan a tu vehículo, de acuerdo a las coberturas que tengás contratadas.
- Seguro de responsabilidad civil: Es tu respaldo si salís responsable en un accidente de tránsito en el que afectés a terceros, causándoles daños materiales o lesiones.
Seguro Obligatorio de Automóvil (SOA):
Como su nombre lo indica, es de compra obligatoria y se encuentra incluido en el artículo 63 de la Ley Nº. 431 y sus Reformas: «Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito».
Los beneficiarios finales son los terceros. Si sos declarado culpable en un accidente, te da protección frente a lesiones corporales, incapacidad permanente, parcial o muerte, así como los daños a la propiedad que podás causar a los terceros afectados.
Este seguro tiene tarifas diferentes, que pueden ir desde los $35.00, en dependencia de si tu vehículo es una moto, carro particular o un vehículo de carga pesada. De igual manera, los montos a indemnizar están detallados en el artículo 69 de la misma ley, en donde se te indican las coberturas y sumas aseguradas (monto máximo a indemnizar).
La contratación del mismo se hace una vez al año y el trámite para la compra es rápido y sencillo. De hecho, lo podés realizar en la compañía aseguradora de tu preferencia y solo debés llevar tu cédula y la circulación del vehículo. Recordá también que si en algún momento querés hacer algún trámite en la Policía (cambio de placas, cambio de dueño, accidentes de tránsito, etc.), te lo van a pedir.
Ahora, ya que vimos lo básico de un seguro obligatorio de auto, analicemos qué se puede hacer en el caso de la lectora de arriba: alguien la chocó y NO tenía ni siquiera su seguro obligatorio.
Paso a paso de reclamo
1. El primer paso a seguir al momento del accidente, es llamar inmediatamente a tu compañía aseguradora para que te brinde asistencia y ellos podrían encargarse de llamar a la policía para que se presenten a hacer un levantamiento del accidente y determinen quién fue el responsable (siempre preguntá a tu compañía si ofrece este servicio o si debés llamar vos a la Policía).
2. Producto del levantamiento, habrá un certificado de tránsito, en el que se detallan los nombres de los involucrados, la descripción del accidente, los daños, lesiones (si los hubo) y el responsable del mismo (incluyendo el número de póliza del responsable y la compañía de seguros a la que debés abocarte).
3. Con este documento, el perjudicado del accidente puede acudir a la compañía aseguradora de la persona que la chocó (en un plazo máximo de 15 días contados a partir de la emisión del certificado) y pedir que se le indemnice el costo de la reparación de tu vehículo por los daños ocasionados en el accidente hasta el monto máximo detallado en el seguro obligatorio de automóvil.
OJO: Esto no quiere decir que sólo por el hecho de que vos fuiste el perjudicado, la compañía de seguros te va a dar el límite máximo (U$2,500 para daños materiales). La indemnización va a estar en dependencia de la magnitud de los daños (soportados con presupuestos) y debidamente indicados en el Certificado de Tránsito.
Lamentablemente, podría ocurrir que el límite de suma no te cubra tus daños.
¿Y si no tenía seguro?
Claro, existe la posibilidad que la persona que te chocó no tenga seguro obligatorio de automóvil. Entonces, ¿qué hacer?
En este caso, tenés dos opciones.
- Si tenés un seguro de automóvil de daños propios, podés afectarlo ante tu compañía aseguradora, bajo las condiciones de tu contrato (asumiendo el coaseguro o deducible que corresponda).
- Tu segunda opción es proceder por la vía judicial. Esto se encuentra establecido en el artículo 78 de la ley que te comenté en este post. Esto aplica también en el escenario en el que, teniendo seguro, éste no te cubre la totalidad de tus daños, sea porque tus costos de reparación son superiores a los U$2,500.00 o porque el dueño de la póliza tuvo un accidente anterior y su suma asegurada se encuentra disminuida y no hizo la reinstalación de la misma.
La misma ley de tránsito en el arto. 78 dice:
En los casos en que la cobertura del seguro no abarque el total de la indemnización por lesiones, gastos médicos, daños materiales a terceras personas, sean estas publicas o privadas, la diferencia en que exceda y que no este cubierta por el seguro, se podrá reclamar por la vía judicial, a la persona que civilmente sea responsable.
En los casos en que la póliza de seguro para los vehículos auto motor, se haya vencido o estuviere suspendida por falta de pago de la prima y este causare daños materiales a terceras personas, los afectados o sus representantes podrán demandar y exigir por la vía judicial, la indemnización correspondiente al conductor del vehículo y/o al propietario del mismo, sin perjuicio de las responsabilidades penales a que diere lugar para el autor del hecho punible.
Esto implicaría comenzar un proceso por aparte del que hacés ante la aseguradora. Uno en el que las dos partes implicadas contraten un abogado, incurran en gastos de movilización, tiempo y lo más complicado de todo esto es que -casi siempre- si la persona que te chocó no tiene seguro, tampoco tendría dinero para contratar un abogado, ni para pagarte más.
Eso sí, antes de entablar cualquier demanda, se tiene que pasar por el trámite de mediación, que se hace ante la DIRAC (Dirección de Resolución Alterna al Conflictos), autorizada por la Corte Suprema, y tratar de llegar a un arreglo. Es imposible ir a la vía judicial sin eso, y al presentar la demanda, debés llevar el documento adjunto de “no acuerdo”.
Acá se trata de ver como un arte la forma de arreglar y mediar de la mejor manera, al final hasta se le puede embargar el vehículo a la otra persona si ésta se niega por completo o no puede pagar de ninguna manera. Es una balanza, ¿qué preferís? ¿pagar de 10 pesos en 10 pesos o perder por completo el bien?
Todo el proceso podría durar como 2 meses aproximadamente, esto lo determina la vía judicial.
Últimas recomendaciones:
1. Tené siempre presente la compra de tu Seguro Obligatorio de Automóvil. Además de ser exigido por la ley, podés ser multado por la policía en el caso que te detengan para un chequeo de rutina, o que estés involucrado en un accidente. Además, que tendrías que asumir los gastos de los daños que causés al tercero involucrado en el accidente.
2. Revisá la fecha de vencimiento de tu carnet de seguro y planificá la compra del mismo con anticipación para que, en el momento que se venza, tengás el dinero a la mano para renovarlo.
3. Si hay un rubro de gastos donde NO debés escatimar son los seguros. Evaluá la contratación de un Seguro de Daños Propios, para tener también un respaldo para tu carro. Recordá que el SOA cubre los gastos de reparación del vehículo que perjudicaste, pero no el tuyo.
4. Si ya has tenido accidentes y has hecho uso de tu Seguro Obligatorio para indemnizar a otra persona, la suma asegurada para indemnizar a un tercero baja, ya no vas a tener los mismos $2,500.00 para responder ante un tercero. Lo recomendable es solicitar una reinstalación de tu suma asegurada por una prima proporcional.
5. Revisá bien los documentos que te entreguen cuando comprés el SOA y mantené siempre a la mano tu carnet.